Áreas de práctica

Abogada laboralista en Girona

Abogada laboralista en Girona: despidos, reclamaciones de salario, incapacidades y conflictos con la Seguridad Social. Primera valoración de su caso.

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En un conflicto laboral hay una asimetría evidente: la empresa tiene asesoría jurídica y usted, normalmente, no. Ese desequilibrio explica que muchos trabajadores acepten condiciones peores de las que les corresponden, sencillamente porque nadie les ha dicho qué podían exigir.

El derecho laboral tiene además una característica que lo hace implacable: sus plazos son de caducidad, cortísimos, y no admiten segundas oportunidades. Veinte días hábiles para impugnar un despido pasan muy rápido cuando uno acaba de perder el trabajo y está intentando ordenar su vida.

Qué hacer si le acaban de despedir

No firme nada que no entienda. Puede firmar la recepción de la carta —eso solo acredita que la ha recibido— pero conviene añadir la mención «no conforme» antes de la firma. Firmar un finiquito sin leerlo con calma sí puede complicarle la reclamación posterior.

Guarde toda la documentación. Carta de despido, nóminas de los últimos meses, contrato, finiquito y cualquier comunicación con la empresa, incluidos mensajes y correos. Suele ser la prueba que decide el asunto.

Consulte cuanto antes. El plazo corre desde el día del despido, no desde que usted decide hacer algo al respecto.

Cómo trabajamos un asunto laboral

Primero valoramos la viabilidad real: revisamos la documentación y le decimos con franqueza qué posibilidades tiene y qué puede esperar razonablemente obtener. Preferimos decirle que un asunto tiene poco recorrido antes de embarcarle en un procedimiento de meses.

Después intentamos el acuerdo en el acto de conciliación, que es obligatorio y gratuito, y donde se resuelve buena parte de los conflictos sin llegar al juzgado. Si no hay acuerdo razonable, preparamos la demanda y le acompañamos en el juicio.

Reclamaciones frente a la Seguridad Social

Las denegaciones de incapacidad permanente son de los asuntos más frecuentes y también de los más frustrantes, porque quien la solicita suele estar atravesando un problema de salud serio. Revisamos el expediente médico y el criterio aplicado y le decimos si tiene sentido reclamar, primero en vía administrativa y después ante el juzgado de lo social.

Plazos que conviene tener presentes

Impugnar un despido
20 días hábiles desde la fecha de efectos
Reclamar cantidades
1 año desde que la deuda es exigible
Prestaciones
30 días para la reclamación previa ante la Seguridad Social

Sobre los plazos

Los plazos de esta página son los generales y sirven para orientarse. El que corre en su caso depende de la fecha de notificación, del tipo de procedimiento y de si ya se ha presentado algún escrito. Consúltelo antes de dejar pasar días.

Plazos comprobados a septiembre de 2026. Confirme el suyo antes de actuar.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre derecho laboral

¿Cuánto tiempo tengo para impugnar un despido?

El plazo para impugnar un despido es de veinte días hábiles desde que se produce, y es un plazo de caducidad: una vez agotado, la acción se pierde aunque el despido fuera claramente improcedente. Es el motivo por el que conviene consultar el mismo día que se recibe la carta, no cuando se ha terminado de asimilar la noticia.

He firmado el finiquito. ¿Puedo reclamar igualmente?

Firmar el finiquito no siempre supone renunciar a reclamar, y depende mucho de qué se firmó exactamente y en qué términos estaba redactado el documento. Traiga el finiquito y la carta de despido a la primera consulta y lo revisamos: es habitual que el documento no diga lo que la empresa da por hecho que dice.

¿Qué diferencia hay entre despido procedente, improcedente y nulo?

La calificación determina las consecuencias. Un despido procedente confirma la decisión de la empresa; uno improcedente da derecho a indemnización o readmisión, a elección de la empresa en la mayoría de los casos; y uno nulo obliga a readmitir al trabajador con abono de los salarios dejados de percibir. Cuál corresponde depende de los motivos alegados y de la forma en que se ha llevado a cabo.

Me han denegado la incapacidad permanente. ¿Merece la pena reclamar?

Una denegación del Instituto Nacional de la Seguridad Social se puede impugnar, primero mediante reclamación previa y después en vía judicial. Que merezca la pena depende de los informes médicos y de la profesión habitual del solicitante: revisamos el expediente y le decimos con franqueza qué recorrido tiene antes de que invierta tiempo y dinero.

¿Tengo que pagar algo por acudir al acto de conciliación?

El acto de conciliación previo es un trámite obligatorio y gratuito ante el organismo administrativo correspondiente antes de acudir al juzgado. Muchos asuntos se resuelven ahí mismo con un acuerdo, lo que ahorra meses de procedimiento.

Otras áreas

También podemos ayudarle en

  • Derecho Civil y Familia

    Herencias y particiones, familia y divorcios, reclamaciones de cantidad, contratos, arrendamientos y responsabilidad civil.

  • Extranjería

    Arraigo, residencia y trabajo, nacionalidad, reagrupación familiar y recursos ante denegaciones.

  • Derecho Penal

    Defensa y acusación, asistencia al detenido, juicios rápidos y delitos leves.

Contacto

¿Tiene un asunto de derecho laboral?

Explíquenos la situación y le diremos con franqueza qué vía tiene y cuánto puede tardar.

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